Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado en fechas 23-04-2007 y 25-04-2007, por el abogado Isaías Carreras, en su condición de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por este tribunal en fecha 18-04-2007. Así se declara.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los diez (10) días del mes de mayo de dos mil siete (2007). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
La Jueza,
Ana Emma Longart Guerra
La Secretaria,
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