En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la abogada GREYSI MONTANER, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.496, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia interlocutora dictada en fecha 1° de julio de 2019, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta,
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada dictada por el referido juzgado en fecha 01-07-2019.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS del recurso a la parte apelante por disposición expresa del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, .....