V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada YAMILET JOSEFINA FIGUERA CARUTO, en su condición de Defensora Judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA CARMA, S.A. contra la decisión dictada en fecha 03-03-2016 por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial
SEGUNDO: SE CONFIRMA la referida sentencia dictada el 03-03-2016 por el Juzgado de Municipio antes mencionado.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte apelante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTR.....