V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: la nulidad de la sentencia dictada en fecha 21.01.2014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, así como todo lo actuado incluyendo el auto de admisión emitido en fecha 09.07.2012 y se repone la causa al estado de que el Juez que resulte competente se pronuncie de nuevo sobre la admisión de la solicitud de declaratoria de inhabilitación propuesta por la ciudadana YELITZA DEL CARMEN RODRIGUEZ ACOSTA a fin de que se proceda a dar cabal, estricto e incondicional cumplimiento a los artículos 132 del Código de Procedimiento Civil por tener vinculación la presente causa con el estado y capacidad de las personas, y .....