En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados NEIRO JESUS MARQUEZ MORA, YOMAIRA RODRIGUEZ y ALI RADA actuando en su carácter de defensores judiciales de la parte demandada ciudadanos ESTEBAN VELASQUEZ ALFONZO, NEGAL CILIBERTO y ENRIQUE URBANO BRICEÑO respectivamente, en contra de la sentencia dictada el 10 de enero de 2019 por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada dictada el 10-01-2019 por el referido Juzgado.
TERCERO: SE ORDENA NOTIFICAR a las empresas INVERSIONES VARYNA, C.A., EL BODEGON DE RAFAEL C.A, MINI MARKET’S .....