III.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición propuesta por la Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Dra. CRISTINA BEATRIZ MARTINEZ en fecha 08.12.2015, en el juicio que por NULIDAD DE VENTA sigue la ciudadana CORALY DEL CARMEN SOLARTE PANTOJA en contra de las ciudadanas MARIA ANGELICA AVILA GARCIA y MARIUSKA ALEJANDRA HAIEK BECERRA (expediente N° 23.649 numeración particular de ese Tribunal).
SEGUNDO: Se dispone en consecuencia, que la mencionada Juez no debe seguir conociendo de dicho asunto por encontrarse incursa en la causal contenida en el num.....