Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, éste Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. ANA EMMA LONGART GUERRA, Juez Titular del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el presente juicio que por AMPARO CONSTITUCIONAL, sigue CELUISMA INTERNACIONAL S.A., en contra de la sentencia dictada en fecha 01 de julio de 2003 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: En consecuencia, se dispone que la Juez Titular del Juzgado Superior, Dra. ANA EMMA LONGART GUERRA debe conocer de la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, que .....