V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado DANIEL ESPINOZA CARVAJAL, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 01.10.2012 por el Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macano de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 01.10.2012 por el Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macano de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: LA NULIDAD de todo lo actuado a partir del auto dictado en fecha 25.03.2011 mediante el cual se ordenó el emplazamiento de la parte demand.....