En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Accidental Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito, del Transito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: No tener materia sobre la cual decidir sobre la inhibición como juez propuesta en el presente recurso de amparo por el Abogado ADRUBAL SALAZAR HERNANDEZ, dada la designación como juez natural de éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta a la Abogada ANA LONGART GUERRA, a lo quién se ordena remitir expediente, constante de cuatrocientos setenta y tres (473) folios la primera pieza y ochenta y seis (86) folios la segunda pieza, a los fines previstos en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derecho Garantías Constitucionales. REMITASE.
El Juez Accidental,
Dr. GR.....