VI.- Decisión
En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley declara:
Primero: Sin Lugar la Interdicción del Ciudadano Arturo Botta Rizzi propuesta por la ciudadana Luciana Novelli de De Felicis.
Segundo: Se confirma con distinta motivación la sentencia dictada en fecha 30.04.2001 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Tercero: No ha lugar al pago de los honorarios profesionales de la Médico Magali Benchimol por cuanto la experticia presentada no fue ordenada con fundamento en el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil, y por ser dicha profesional una funcionaria del Estado ya que se desempeñaba como médico Forense al momento de practicar la evaluación.
Cuart.....