VII. Decisión
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar la apelación ejercida por el apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil OJEDA CENTER, F.P., contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 17-12-2012, por el Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se revoca la decisión de fecha 17-12-2012 dictada por el Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y en consecuencia se revoca el auto de fecha 09-08-2012, emitido por ese mismo tribunal, que decretó la medida de secuestro, sobre el bien inmueble descrito ut supra en la presente decisión.
Tercero: No hay condenatoria en costas, por la índole de la decisión.
Publíquese, Re.....