Por las consideraciones antes descritas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por los abogados en ejercicio LAUDIMAR SANCHEZ HERNANDEZ y ELEAZAR ZABALA, procediendo en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana DARIN SAFADI DE SHTAYEH, antes identificados, en contra de las presuntas omisiones cometidas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de esta Circunscripción Judicial, en el expediente N° 25.699 contentivo del juicio por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoado por la hoy accionante en contra del ciudadano JOSE PONCIANO DAVILA.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza de la decisión emitida.
Publíquese, regístrese incluso en el sitio web del Tribunal .....