Determinado lo anterior, observa el Tribunal que para el día 10.07.2017, fecha en que se le dio entrada a la demanda, se encontraba en vigencia la referida Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, para acceder a casación se exige una cuantía que exceda las 3.000 unidades tributarias, la cual para ese momento era de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) por unidad tributaria; siendo estimada la demanda en la suma de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 900.000,00). Lo anterior revela que la cuantía señalada por la parte actora en el libelo de la demanda, equivale a la cantidad de TRES MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (3.000 U.T.), monto éste que permite el acceso al conocimiento de la Sala de Casación Civil del Máximo Tribunal, es por lo que se ADMITE dicho recurso de casación; en consecuencia remítanse las presentes actuaciones a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines que ese honorable tribunal conozca del recurso anunciado. Se hace constar que el.....