De manera que al no haber hecho la consignación de las actuaciones de manera oportuna para emitir pronunciamiento en el recurso interpuesto, éste Tribunal no tiene otra posición que declararlo Sin Lugar. Así se decide.
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar el Recurso de Hecho, presentado por el ciudadano MANUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ, por cuanto no se consignaron las copias certificadas necesarias.
Segundo: No hay condenatoria en costas por la índole de la decisión.
Tercero: Se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en La Asunción, al.....