Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la abogada THAÍS AGUILERA DE ARELLANO, Jueza Segunda de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de conocer el Asunto signado bajo el Nº OP01-P-2005-002475, seguido a los acusados JORGE LUÍS NIEVES, CARLOS ALEXIS LAMAS ROA, LUÍS HERNÁN LEOS GÓMEZ, SALVATORE MARIO CURTO ALU, WLADIMIR MOTA y LUÍS MIGUEL TABATA, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 472, 460 y 278, respectivamente del Código Penal.-
Publíquese, regístrese, notifíquese a la Jueza Inhibida, de conformidad con lo dispuesto en el artícul.....