Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ANALIS RAMOS, Defensora Pública Auxiliar (E) de la Defensoría Pública Séptima Penal de esta Circunscripción Judicial, actuando en su carácter de Defensora de los ciudadanos: JOSE GREGORIO FERRER Y WOLFANG SABAS GONZALEZ, en contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, de fecha doce (12) de septiembre del año dos mil trece (2013); fundado en el artículo 439 numerales 4 y 5 del decretó con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del .....