a Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, confirma la decisión consultada, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 11 de marzo de 2003, mediante la cual declara NO HABER LUGAR AL RECURSO DE HABEAS CORPUS, interpuesto por el abogado HERNÁN LINARES, a favor de la ciudadana ELIETH ZAIDULY RIVAS.