Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Nueva Esparta,, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por los profesionales del Derecho, ALBERT ROJAS y JOSÉ RODRÍGUEZ, en su carácter de Defensores del Adolescente: C.A.C.S (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la decisión dictada en Audiencia de Presentación de Aprehendido y Calificación de Flagrancia, de fecha 21 de agosto de 2015 y fundamentada esa misma fecha, por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA. SEGUNDO: Se ordena al Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Nueva Esparta, notificar a las partes de la presente decisión.