En fuerza de los anteriores razonamientos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la INHIBICIÓN OBLIGATORIA, propuesta por el Juez de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, Dr. Eduardo Capri Rosas, de conformidad con los artículos 86 ordinal 7º y 87 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se ordena la publicación, el registro en el Libro Diario y la notificación a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los veintisiete (27) días del mes de mayo de 2004. Años 194º de la Independencia y 145ª de la Federación.
Los Jueces de la Corte de Apelaciones
DelValle Cerrone Morales
Presidenta
Cristina Agostini Cancino
Juez Ponente
Juan A. González.....