Esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes Pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL REPRESENTANTE DE LAS VÍCTIMAS. SEGUNDO: ANULA DE OFICIO LA DECISIÓN de fecha 14 de mayo del 2002, emitida por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, por medio del cual decreta: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa iniciada en virtud de la denuncia formulada por los ciudadanos María Concepción Suárez Salgado, Meudis Josefina Millán de Ramírez y José Venancio Meneses Mata, en los términos expuestos. TERCERO: Se ORDENA la remisión de las presentes actuaciones procesales a otro Juez de la misma categoría en funciones de Control, con el objeto, de que convoque a las partes a una Audiencia oral, para debatir .....