Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE REVISION DE SENTENCIA CONDENATORIA FIRME, interpuesto en fecha veinte (20) de Diciembre del año dos mil seis (2006) por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, fundado en los artículos 470 numeral 6° y 471 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ANULA LA DECISION JUDICIAL (SENTENCIA) dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en fecha doce (12) de Junio del año dos mil dos (2002) y publicada en fecha tres (3) de Julio de dicho año (2002), mediante la cual declara culpable y en consecuencia, condena a la acusada .....