Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el Fiscal Quinto del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Abogado Efraín J. Moreno Negrín, en fecha veintidós (22) de Septiembre del año dos mil tres (2003) fundado en el numeral 1º del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: REVOCA LA DECISION JUDICIAL (AUTO) dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha doce (12) de Septiembre del año dos mil tres (2003) y publicada en fecha quince (15) de Septiembre de dicho año (2003) mediante la cual declara la Nulidad Absoluta del Procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Constituci.....