esta Corte de Apelaciones Ordinaria, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente y de Violencia de Género del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Bolivariano Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: SE ADMITE el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por la Abogada MARÍA DE LOS ANGELES TOMEDES, Defensa Pública Primera Penal, actuando en su carácter de Defensora del imputado GRETSON RAMON FAJARDO; contra la decisión dictada en Audiencia de Presentación y Calificación de Procedimiento, de fecha 25 de abril de 2016 y fundamentada en fecha 09 de mayo de 2016, por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO NUEVA ESPARTA, mediante la cual decretó la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en c.....