Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del ESTADO Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por el Abogado LUÍS GUILLERMO MEDINA MACUARAN, en su carácter de Defensor de Confianza de los ciudadanos JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ, LUÍS VICENTE RODRÍGUEZ, DANIEL RODRÍGUEZ, ALPIDIO JOSÉ GUZMAN y SAIN HIGUEREY MIRANDA, contra la decisión del Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de fecha 23 de marzo de 2007, mediante la cual declara sin lugar la solicitud de admisión de prueba complementaria.
SEGUNDO: SE CONFIRMA LA DECISIÓN del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal, dictada en fecha 23 de marzo de 2007.ASÍ SE DECLARA.
Publíquese, regístrese en el Libro Diario y notifíquese la presente decisión a las partes y remítase el Asun.....