Por todas las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Homologado el Desistimiento de la acción de amparo interpuesta por la Defensora Pública Penal LIL FELICIA VARGAS, con el carácter de defensora del acusado Richard Enrique Rosas Rodríguez, en razón de la formalización del desistimiento en el caso bajo análisis.-
Publíquese, Regístrese, Notifíquesele a las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-