Declara con lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado ROBERTO LIZARDO MENDOZA BRITO, Fiscal Auxiliar Décimo (10º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Nueva Esparta, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Cuarto (4º) de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano Nueva Esparta, en fecha 02 de noviembre de 2014, que, entre otros pronunciamientos, le acordó a los ciudadanos LENIN ALBERTO MORA LOMBANA, EMILIO JOSÉ CARDOZA DAZA y ORLANDO JOSÉ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, medida cautelar sustitutiva, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 242.1 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en detención domiciliaria; acogió la precalificación fiscal por los delitos de Contrabando de Extracción, previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Precios Justos, y Agavillamiento, descrito en el artículo 286 del Código Penal; y, acordó la prosecución de la presente causa por vía del procedimiento ordinario. Decreta .....