Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la representante de la Defensa Privada de los imputados, Abogada Elena Patikas Martín, en fecha once (11) de Julio del año dos mil cinco (2005), fundado en los numerales 4° y 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA LA DECISION JUDICIAL (AUTO) dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en fecha seis (6) de Julio del año dos mil cinco (2005) mediante la cual decreta Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad contra los imputados Ciudadanos José Alexander Mujica Patikas y Miguel Angel Mujica Patikas, identificados en autos y ordena continuar el Proceso Penal c.....