Por las razones precedentemente expuestas, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha siete (07) de octubre del año dos mil cuatro (2004) por la Fiscalía del Ministerio Público fundado en el numeral 4° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión del Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de fecha veinticuatro (24) de septiembre del año dos mil cuatro (2004), la cual declaró culpable a los ciudadanos HEIKER ROLANDO EDUARDO ALVARADO, HERNANDO GUSTAVO PADILLA PAJARO y RAFAEL ORLANDO PATIÑO RUIZ, identificado plenamente y en consecuencia los condenó a cumplir la pena establecida en parte dispositiva de la recurrida.
TERCERO: RECTIFICA la pena impuesta a los co-acusados: HERNANDO GUSTAVO.....