Por todos los razonamientos antes expuestos, la Corte de Apelaciones del estado Nueva Esparta Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Carmen Beatriz Camargo, Defensora Privada, en el carácter de defensora de los procesados Giusseppe Francesco Santaella, Israel Jacobo Cori Pacheco y Richard José Velásquez, ut supra identificados.-
SEGUNDO: Se anula la decisión dictada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de fecha 02 de julio de 2009, ordenándose la realización de nueva audiencia de calificación de flagrancia en el presente asunto, por ante un Juzgado de Control distinto del que emitió el fallo a los efectos de corregir los vicios que afectan el Principio de Legalidad consagrado en el artículo 49 numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 2 del Código Penal.....