Esta Corte de Apelaciones, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE el presente Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del Derecho, ROANNY FINA, en su carácter de Fiscala Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de la decisión dictada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE el medio de prueba ofrecido por la recurrente, es decir copia de la decisión recurrida, por considerar que la misma no es necesaria ni útil, por cuanto estima que con las actuaciones que cursan en el presente recurso son suficientes para producir el fallo que corresponde, ello, conforme lo dispone el artículo 442, segundo aparte, del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo como consecuencia de la admisión del presente Recurso este Tribunal Superior, resolverá sobre la procedencia de la cue.....