En consecuencia, analizadas las Sentencias pronunciadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con carácter vinculante, con motivo del caso bajo estudio, este Tribunal Colegiado, respetuoso de los dispositivos contenidos en los artículos 26, 257, 334 y 335 del Texto Fundamental, en concordancia con las normas de los artículos 13 y 104 del Código Orgánico Procesal Penal, en acato, resguardo y garantía de la integridad de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Juez Disidente, deja constancia expresa del VOTO DISIDENTE Y POR ENDE SALVADO en la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha veinte (20) de Junio del año dos mil siete (2007) en el Asunto signado con nomenclatura particular bajo el Nº OP01-X-2007-000063.
En la Ciudad de la Asunción, a los veinte (20) días del mes de Junio de dos mil siete (2007) 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
LOS JUECES DE LA.....