Por todas los cimientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por las representantes de la Fiscalía IV del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial de este estado, en fecha seis (06) de octubre del año dos mil seis (2006), fundamentado en el ordinal 4° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA LA DECISIÓN dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en fecha dos (02) de octubre del año dos mil seis (2006), que otorgó medida cautelar sustitutiva de privación preventiva de libertad a los ciudadanos JOSÉ LUIS VÁSQUEZ; JHOAN RAMÓN FARÍAS VÁSQUEZ Y YANTH LUIS HERNÁNDEZ VIZCAINO Ut Supra identificados.
TERCERO: SE ORDENA mantener a los ciudadanos JOSÉ LU.....