Esta Corte de Apelaciones, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del Derecho VERÓNICA GAMBOA A, Defensa Pública Auxiliar Tercera, actuando en su carácter de Defensora del imputado JESÚS ANTONIO RODRÍGUEZ NARVAEZ, en contra de la decisión dictada en Audiencia de Presentación, de fecha 07/09/2015 y fundamentada en fecha 11/09/2015, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, mediante la cual decretó la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 07/09/2015 y fundamentada en fecha 11/09/2015, en los términos que fueron conocidos y decididos por esta Instancia Superior.