Por los cimientos expuestos, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por los ciudadanos CRUZ E. VELASQUEZ REYES Y ANTONIO J. RODRÍGUEZ, defensores del ciudadano MARCO ANTONIO QUIJADA MALAVE.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada el día tres (03) de agosto de 2006, debidamente publicado en fecha siete (07) de agosto de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, la cual
DECLARA CULPABLE y en consecuencia CONDENA al ciudadano MARCO ANTONIO QUIJADA MALAVE, Ut Supra identificado, a la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el tráfico ilícito y el consumo de su.....