Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: INOFICIOSO ENTRAR A CONOCER EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ABG. JUAN PAULO MOLINA MARTÍNEZ, Defensor Público Segundo Penal, en materia de Violencia Contra la Mujer, adscrita a la Unidad de Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta actuando en su carácter de Defensor del ciudadano EUDEN SILVANO LUNA SALAZAR, contra la decisión dictada en fecha 12 de Septiembre del 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas N° 1, con Competencia en Materia de delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en el asunto Nº OP01-S-2011-001567; en virtud de haber cesado el motivo de impugnación presentado por el recurrente; al haberse sus.....