Por los razonamientos antes expuestos, este Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva esparta, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS LUÍS MOYA GÓMEZ, actuando en su condición de Defensor del ciudadano JESÚS GONZÁLEZ LONGART, en contra de la decisión dictada el 07 de marzo de 2007 por el Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal de esta Entidad Federal, anulándose el mentado pronunciamiento, en base a lo previsto en el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 128 ejusdem; con los efectos del artículo 196 ibídem, esto es, sólo se anulan los actos consecutivos que del mismo emanen, ordenándose la remisión de la presente asunto a un Juez distinto al que pronunció el fallo apelado, en base a lo previsto en el artículo 434 del Cód.....