PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. CARMELA MILLAN, Defensora Pública Auxiliar Cuarta de ésta Circunscripción Judicial, actuando en su carácter de Defensora del Ciudadano: LUÍS JOSÉ MILLÁN RAMOS, en contra de la decisión dictada en Audiencia de Presentación de Aprehendido y Calificación de Flagrancia, de fecha 13 de agosto del 2015 y fundamentada en fecha 17 de agosto de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Nueva Esparta. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 13 de agosto de 2015, en los términos que fueron conocidos y decididos por esta Instancia Superior