Por todas las reflexiones antes expuestas, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA RECUSACIÓN, propuesta en fecha veintiséis (26) de julio del año dos mil siete (2007), contra EDUARDO CAPRI ROSAS, Juez Titular del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, por el Ciudadano Fiscal Sexagésimo Sexto del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, Abogado LUÍS GERARDO PEÑA, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 86 en concordancia con el artículo 93 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE EXHORTA a la representación Fiscal, que al intentar recusación contra jueces profesionales, debe juntamente presentar el acervo probatorio, para respaldar su solicitud incidental dentro de.....