Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad conferida por la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por CARLOS LUÍS MOYA GOMEZ , Defensor Publico Quinto Penal Ordinario,.en su condición de Defensor del ciudadano WILFREDO JOSE CARABALLO VELASQUEZ, contra la decisión dictada por el Juzgado segundo de Control del Circuito Judicial Penal de este estado, en fecha 24 de octubre de 2009. SEGUNDO: SE CONFIRMA la providencia Judicial (Auto) dictada en fecha 24 de octubre de 2009 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del estado Nueva Esparta. ASÍ SE DECLARA.
Regístrese, publíquese en el Libro Diario, déjese copia en la Sala de la Corte de Apelaciones la presente decisión y remítase el presente asun.....