Por todos los razonamientos anteriormente expuestos por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha veinticinco (25) de Noviembre del año dos mil cuatro (2004) por el Defensor Privado del acusado, Abogado Pedro Poleo Silva, fundado en los numerales 1°, 2° y 4° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA LA DECISION JUDICIAL (Sentencia) dictada por el Tribunal de Primera Instancia Mixto en Función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en fecha veinte (20) de Octubre del año dos mil cuatro (2004) y publicada en fecha nueve (9) de Noviembre del mismo año (2004) mediante la cual declara culpable y en consecuencia, condena al acusado Ciudadano Javier José Aldana Quero, identificado en autos, a cumplir la pena de veintit.....