esta CORTE DE APELACIONES ORDINARIA, DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE Y DE VIOLENCIA DE GÉNEROS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado CARLOS LUIS MOYA, Defensor Publico con competencia Plena a Nivel Nacional, encargado de la Defensoria Publica Primera en materia de Responsabilidad Penal de Adolescente adscrita a la Unidad de Defensa Publica del Estado Bolivariano Nueva Esparta; en su carácter de Defensor del adolescente E. J. V. S (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 Y 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la decisión dictada en el Acto de audiencia de presentación del aprehendido de fecha 09 de febrero de 2016 y fundamentada en la misma fecha, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en.....