Por todos los fundamentos antes expuestos por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto mediante escrito por la impugnante en fecha dos (02) de octubre del año dos mil seis (2006); fundado en los numerales 4° y 2° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de fecha dieciocho (18) de septiembre del año dos mil seis (2006), la cual DECLARÓ NO CULPABLE, al ciudadano HUGO DEL CARMEN MIJARES ARIAS, Ut Supra identificado, y en consecuencia LO ABSUELVE, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Est.....