esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE PARCIALMENTE el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el abogado JOSE LUIS GARCIA SOSA, Defensor Publico Provisorio Quinto Penal Ordinario, Adscrito a la Unidad de Defensa Publica del Estado Nueva Esparta, actuando en su carácter de Defensor del ciudadano MAYKOLL LUIS URBAEZ BRAVO; en contra de la decisión dictada en la celebración de la Audiencia de Presentación en fecha siete (07) de febrero del año dos mil dieciséis (2016) y debidamente fundamentada en fecha siete (07) de febrero del año dos mil dieciséis (2016), por el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO NUEVA ESPARTA. SEGUNDO: Se declaran INADMISIBLE los medios de pruebas ofrecidos por el recurrente, por.....