En el día de hoy, VEINTINUEVE (29) DE OCTUBRE DE DOS MIL SIETE (2007), en horas de audiencia, compareció a la sede del Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de seguridad, el Penado GILBERTO NICOLAS VELASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.394.782, quien expuso: "Me doy por notificado de la decisión mediante la cual me ha sido conmutada la parte de pena que me falta por cumplir, por la pena de confinamiento, y en consecuencia me comprometo a:
Primero: No salir de la Jurisdicción del Municipio Sotillo, Parroquia Puerto La Cruz, estado Anzoátegui.
Segundo: Me presentaré una vez por semana ante el Prefecto de ese Municipio para lo cual en este acto estoy siendo informado que la dirección de dicha Prefectura del Municipio Sotillo de la Parroquia Puerto La Cruz del estado Anzoátegui.
Tercero: Fijaré mi residencia en la CALLE MONTES, N° 60, EL PENSIL, SECTOR B, MUNICIPIO SOTILLO, PARROQUIA PUERTO LA CRUZ DEL ESTADO ANZOATEGUI. Y en caso de necesidad de cambiar de residen.....