Decisiones del dia 31/10/2005
N° Expediente :
05-1007
N° Sentencia :
05-1007
Fecha: 31/10/2005
Procedimiento: Resoluciòn Contrato Arrendamiento
Partes: INVERSIONES HERMANOS MILANO VALLA, C.A VS INVERSIONES G.D.E.M., C.A., ALBAHACAS, CAFÉ BAR RESTAURANTE
Resumen:
ue la siguiente:
DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que preceden este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara:
PRIMERO: La extinción del presente juicio, interpuesto por la Sociedad mercantil INVERSIONES HERMANOS MILANO VALLA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 14 de abril de 1.999, anotada bajo el Nº 39, Tomo 20-A,; contra la Sociedad mercantil INVERSIONES G.D.E.M., C.A., ALBAHACAS, CAFÉ BAR RESTAURANTE, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 18 de febrero de 2000, anotada bajo el Nº 75, Tomo 2-A,
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en la presente decisión, en virtud de la naturaleza de la misma.
Dada, firmada y sellada a los treinta y uno (31) días del mes de octubre de 2005, siendo las dos y veinte minutos post meridium (2:20 p.m.), en l.....
Juez/Ponente:
Miguel Mendoza
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, Garcia, Tubores, Villalba y Peninsula de Macanao
N° Expediente :
2374-03
N° Sentencia :
2374-03
Fecha: 31/10/2005
Procedimiento: Computo Sancion-Sin Lugar Cese Medida.
Partes: PENADO: RODRIGUEZ RODRIGUEZ OMAR JOSE
Resumen:
PRIMERO:
El penado RODRIGUEZ RODRIGUEZ OMAR JOSE, fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en Artículo 460 del Còdigo Penal.
Según el cómputo de ejecución de la pena el penado RODRIGUEZ RODRIGUEZ OMAR JOSE incluyendo el tiempo de redención de la pena reconocido, tiene un tiempo de pena cumplida de SEIS (06) AÑOS, DIEZ (10) MESES, TRES (03) DÌAS Y DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir una pena de UN (01) AÑO, UN (01) MES, VEINTISEIS (26) DÌAS Y DOCE (12) HORAS, la cual cumplirá el día CINCO (05) DE SEPTIEMBRE DE 2006, A LAS DOCE (12) HORAS.
De esta manera, al haber alcanzado las tres cuartas de la condena impuesta, le es procedente conmutarle el resto de la pena en CONFINAMIENTO, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 479, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 52 del Código Penal. Así .....
Juez/Ponente:
Avilamar Alvarez Rivas
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
N° Expediente :
20.736
N° Sentencia :
Fecha: 31/10/2005
Procedimiento: Accion Mero-Declarativa
Partes: FELIX RODRIGUEZ VS. NORIEGA Y ROURA, C.A.
Resumen:
...me inhibo de conocer de la presente causa contenida en el expediente N° 20.736, de conformidad con lo previsto en el numeral 19 del artículo 82 eiusdem. A objeto de que sea declarada con lugar por el Juzgado Superior de esta Circunscripción Judicial, la inhibición planteada en los términos que anteceden, pido muy respetuosamente la aplicación del fallo de fecha 29-11-2000, dictado por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, por el cual se dictaminó como Jurisprudencia vinculante que "el Legislador estableció una presunción de verdad respecto a lo dicho por el Juez en el Acta de Inhibición; se presume la veracidad de los hechos que la fundamentan...". La presente inhibición obra en contra del ciudadano ANTONIO NORIEGA VICENTE, representante legal de NORIEGA Y ROURA, C.A
Juez/Ponente:
Virginia Teresita Vásquez González
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario
N° Expediente :
2901
N° Sentencia :
2901
Fecha: 31/10/2005
Procedimiento: Cómputo De Pena
Partes: PENADO: EDWAR JOSÉ ORTIZ GIL
Resumen:
PRIMERO: El penado de autos fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, y se encuentra detenido desde el día, 02/02/2004, hasta el día de hoy, ambos inclusive, esto es que tiene un tiempo de reclusión UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS, mas el tiempo redimido de NUEVE (09) MESES, VEINTITRÉS (23) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, da un total de pena cumplida DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTIDÓS (22) DÍAS; faltando por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES Y DOCE (12) HORAS, cumpliendo la pena impuesta en fecha 08/12/2005, quien se encuentra apto para el beneficio de CONFINAMIENTO.
SEGUNDO: Las penas accesorias establecidas en el Artículo 13 del Código Penal, impuestas al reo son:
1.-.-INTERDICCIÓN CIVIL: Durante el tiempo que dure la condena, la cual cumplirá el reo hasta el día 08/12/2005
2.-.-INHABILITACIÓN POLITICA: Durante el ti.....
Juez/Ponente:
Avilamar Alvarez Rivas
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
N° Expediente :
2374-3
N° Sentencia :
2374-3
Fecha: 31/10/2005
Procedimiento: Cómputo De Pena
Partes: PENADO: OMAR JOSÉ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
Resumen:
PRIMERO: El penado de autos fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, y se encuentra detenido desde el día, 05/01/2001, hasta el día de hoy, ambos inclusive, esto es que tiene un tiempo de reclusión CUATRO (04) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTISÉIS (26) DÍAS, mas el tiempo redimido de DOS (02) AÑOS, SIETE (07) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, da un total de pena cumplida SEIS (06) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y TRES (03) DÍAS; faltando por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO, UN (01) MES, VEINTISIETE (27) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, cumpliendo la pena impuesta en fecha 05/09/2006, quien se encuentra apto para el beneficio de CONFINAMIENTO.
SEGUNDO: Las penas accesorias establecidas en el Artículo 13 del Código Penal, impuestas al reo son:
1.-.-INTERDICCIÓN CIVIL: Durante el tiempo que dure la condena, la cual cumplirá el reo hasta el día 05/09/2006
2.-.-INHABILITACIÓN POLITICA: Durante el tiempo que dure la condena, la c.....
Juez/Ponente:
Avilamar Alvarez Rivas
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
N° Expediente :
2222-2
N° Sentencia :
2222-2
Fecha: 31/10/2005
Procedimiento: Cómputo De Pena
Partes: PENADO: TOMAS ENRIQUE MAURERA
Resumen:
PRIMERO: El penado de autos fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, y se encuentra detenido desde el día, 07/01/2001, hasta el día de hoy, ambos inclusive, esto es que tiene un tiempo de reclusión CUATRO (04) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS, mas el tiempo redimido de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y TRECE (13) DÍAS, da un total de pena cumplida SEIS (06) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y SIETE (07) DÍAS; faltando por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES Y VEINTITRÉS (23) DÍAS, cumpliendo la pena impuesta en fecha 24/06/2007, quien se encuentra apto para el beneficio de CONFINAMIENTO.
SEGUNDO: Las penas accesorias establecidas en el Artículo 13 del Código Penal, impuestas al reo son:
1.-.-INTERDICCIÓN CIVIL: Durante el tiempo que dure la condena, la cual cumplirá el reo hasta el día 24/06/2007
2.-.-INHABILITACIÓN POLITICA: Durante el tiempo que dure la condena, la .....
Juez/Ponente:
Avilamar Alvarez Rivas
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
N° Expediente :
0P01-P-2005-000038
N° Sentencia :
0P01-P-2005-000038
Fecha: 31/10/2005
Procedimiento: Declara Sin Lugar, La Solicitud De Nulidad
Partes: ACUSADO: JAIME VÌCTOR AGUILERA ROJAS. FISCAL: NANCY ARISMENDI. DEFENSA RÒMULO RIVERO.
Resumen:
DECLARA CULPABLE al ciudadano JAIME VÍCTOR AGUILERA ROSAS, identificado previamente en este sentencia, y en consecuencia LO CONDENA a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, como autor responsable de la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 DE LA Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, al igual que a las penas accesorias de ley previstas en le artículo 16 del Código Penal, DECLARA SIN LUGAR LA NULIDAD ABSOLUTA PLANTEADA POR LA DEFENSA, de la experticia química sobre la sustancia incautada, al ser subsanada de conformidad con lo previsto en el artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal y no encontrar violado en derecho a la defensa. RATIFICA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el último aparte del artículo 31 de la nueva Ley.
Juez/Ponente:
Virginia Berbin Obando
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 3