Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, respetuosa de los dispositivos contenidos en los artículos 26, 44, 49.1, 257, 334 y 335 de nuestra carta Magna, en concordancia con las normas de los artículos 13, 104, 125, 130, 131, 133, 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en acato, resguardo y garantía de la integridad de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION DE AUTO, interpuesto en fecha diecinueve (19) de noviembre del año dos mil siete (2007), por los representantes de la Defensa Privada del ciudadano José Bernardo Salazar Morillo, abogados Montserrat Pallares Tejera y Jesús Miguel Salazar, fundado en el artículo 447 numerales 4º y 5º del Código Orgánico Procesal Pe.....