VI.- DISPOSITIVA.
Basado en las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada DIRSIA ELIZABETH SILVA BANDRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 307.934, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil DROGUERIA SYA, C.A, parte actora en el presente procedimiento, en contra del auto dictado en fecha 07-02-2023, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado en fecha 07-02-2023, por el mencionado Juzgado de Primera Instancia.
TERCERO: De conformidad con lo estipulado en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en.....