III
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando como Tribunal unipersonal, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos, único: declara no culpable a los ciudadanos Pedro Olivieri, venezolano, natural de Guaraparo, estado Sucre, de 26 años de edad, nacido el 12 de mayo de 1979, titular de la cédula de identidad nro. 13.782.150, soltero, de profesión comerciante, residenciado en el sector 80, calle Marcano, San Antonio, estado Nueva Esparta, y Víctor Noel Villarroel, venezolano, natural de La Guaira, estado Vargas, soltero, nacido el 17 de agosto de 1972, de 32 años de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad nro. 12.222.840, residenciado, en el sector Las Marvales, calle principal, casa S/N de color amarillo, cerca del Bar Orinoco, estado Nueva Esparta, de la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal. Se decr.....