Este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, conforme a lo dispuesto en los artículos 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Igualmente, se suspende y deja sin efecto la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 01-10-2010. Asimismo, se ordena oficiar lo conducente a la Oficina del Registro Subalterno del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, a los fines de que se sirvan estampar la nota correspondiente y así mismo se deja sin efecto el Mandamiento de Ejecución decretado por este Tribunal en fecha 08-02-2012. Se da por terminado el presente Juicio y se ordena el archivo del expediente. Líbrense oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ,.....