ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, OÍDAS LAS EXPOSICIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEL ADOLESCENTE IMPUTADO, ASÍ COMO LA DEFENSA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la aprehensión del adolescente como FLAGRANTE de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: En cuanto a la calificación del Procedimiento, se acuerda decretar la continuidad del mismo por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo dispuesto en los artículos 551 AL 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide. TERCERO: Se estima la precalificación del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfi.....